Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se tolerarán a agarradera a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, Militar de Sanidad, y https://leftbookmarks.com/story19948976/salud-ocupacional-una-visi%C3%B3n-general